El Pulso Laboral

Lunes 25 mayo 2015

02:30 pm

Mundo Laboral y RR.HH.

Flexibilizar outsourcing aumentaría malas prácticas, advierten

Por: Redacción /El pulso Laboral

Flexibilizar la subcontratación en el país, como lo proponen los priistas Tereso Medina e Isaías González en la iniciativa de ley presentada en el Senado de la República, provoca una nueva polémica entre empleadores, abogados laborales y especialistas, ya que, aseguran, en lo que va del sexenio no ha podido reducir las malas prácticas en la subcontratación de trabajadores.

Arleth Leal Metlich, empresaria del sector de Recursos Humanos, comentó que “el primer gran intento que se hizo para regular la subcontratación fue incorporar esta figura en la Ley Federal del Trabajo en el 2012; eso nos trajo una mayor certeza a las empresas que nos dedicamos a la tercerización; y se esperaba que el mercado se fuera reduciendo hasta quedar aquellas empresas que sí contribuimos con las buenas prácticas en materia de outsourcing; pero lo cierto es que no se lograron grandes avances”.

Leal Metlich explicó que las empresa evasoras en el pago de derechos de los trabajadores y evasoras en el pago de impuestos al SAT “prevalecen, no se ha logrado reducir esas malas prácticas que cada vez hacen más desigual la competencia, y nosotros por el contrario hemos tenido incremento de hasta 25% en los costos para dar cumplimiento con la legislación”.

La directiva destacó que sólo 10% de las empresas que se dedican a la tercerización se encuentran en la formalidad y cumplen con todas sus obligaciones patronales, “sabemos que hay un registro de 1,000 empresas que se dedican a la tercerización pero sólo 100 estamos en la formalidad”.

Asimismo, Arturo Alcalde Justiniani, abogado laboral, explicó que “en el 2012 se lograron importantes avances en la reforma: incluir candados para evitar que haya un crecimiento descontrolado para contratar trabajadores tercerizados.

Hoy tenemos empresas que no tienen trabajadores, ese es el caso de los bancos, ninguno tiene trabajadores propios, todos son subcontratados y el problema con ello es que no se les pagan sus derechos laborales, como la seguridad social”.

Los candados que se pretenden eliminar se encuentran en la Ley Federal del Trabajo en los Artículos 15-C y 15-D, este último el más polémico, “no se permitirá el régimen de subcontratación cuando se transfieran de manera deliberada trabajadores de la contratante a la subcontratista con el fin de disminuir derechos laborales”.

Cabe recordar que entre las restricciones existentes en la Ley vigente destacan que no puede abarcar la totalidad de las actividades que se desarrollen en el centro de trabajo, y que no comprenderá tareas similares a las que realizan los empleados directos de la empresa.

En la iniciativa se propone que la empresa de terciarización sea la que dé informes de manera periódica a la contratante sobre su cumplimiento de obligaciones de carácter laboral. Cabe destacar que en la legislación actual es más bien el contratista quien debe asegurarse de forma permanente de que la empresa de outsourcing las cumpla.

Según el senador Tereso Medina, quien es integrante de la Confederación de Trabajadores de México, los cambios en el outsourcing obedecen a “incentivar la creación de empleos e incrementaría la protección de los derechos individuales de los trabajadores, por lo que se proponen reformas a las normas relativas”.

Frente a estas posturas, el secretario del Trabajo y Previsión Social, Alfonso Navarrete Prida, destacó que “el outsourcing fue regulado por primera ocasión en este sexenio y yo creo que tenemos que terminar de regularlo bien para que no pueda empresario alguno esconder, a través de un outsourcing, recursos que son de los trabajadores y que tienen derecho a tener un trabajo formal, a tener reparto de utilidades y que funcione. El outsourcing es como el colesterol, hay colesterol bueno y hay colesterol malo, hay que hacer que el colesterol bueno sea el que camine”. Se espera que la discusión se lleve a cabo en el próximo periodo de Sesiones en el Congreso.

¿CUÁLES SON LOS ARTÍCULOS QUE SE PRETENDEN DEROGAR?

Contienen los requisitos bajo los cuales las empresas en el país pueden hacer uso de la figura de subcontratación:

Artículo 15-C: Indica que “la contratante de los servicios deberá cerciorarse permanentemente de que la empresa contratista cumple con las disposiciones aplicables en materia de seguridad, salud y medio ambiente en el trabajo, respecto de los trabajadores de esta última. Lo anterior podrá ser cumplido a través de una unidad de verificación debidamente acreditada y aprobada en términos de las disposiciones legales aplicables”.

Artículo 15-D: Refiere que “no se permitirá el régimen de subcontratación cuando se transfieran de manera deliberada trabajadores de la contratante a la subcontratista con el fin de disminuir derechos laborales; en este caso, se estará a lo dispuesto por el artículo 1004-C y siguientes de esta Ley”. //El Economista 

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