El Pulso Laboral

Lunes 25 mayo 2015

02:30 pm

Mundo Laboral y RR.HH.

Antes del 20 deben pagar el aguinaldo

Por: Redacción/ El Pulso Laboral

Llegamos al mes de diciembre y las fiestas navideñas, fecha en que los trabajadores reciben diversas prestaciones tales como cajas de ahorro, bonos de productividad y el aguinaldo. Y precisamente éste debe pagarse antes del 20 de diciembre. 

El Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo establece que deberá pagarse antes del 20 de diciembre. El pago deberá ser equivalente a por lo menos 15 días de salario. Ya que de lo contrario, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) se mantiene vigilante en esta temporada de fin de año, ya que a partir del 20 de diciembre, los trabajadores podrán iniciar el trámite de juicio o conciliación por incumplimientos. 

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social recuerda a los dueños de centros laborales que, bajo ningún pretexto deben dejar de pagar el aguinaldo a sus empleados, el cual será de al menos 15 días de su salario.

"El pago del aguinaldo es un derecho irrenunciable de los trabajadores, independientemente de las demás prestaciones y el patrón en ningún caso puede argumentar dificultades económicas de la empresa o falta de utilidades para no pagarlo o reducir su importe". 

En una entrevista con Fernando Salgado, secretario general sustituto de la CTM recordó que la legislación laboral establece que los dueños de centros laborales que incumplan con el pago del aguinaldo, lo otorguen incompleto o de forma tardía, pueden hacerse acreedores a multas de entre 18 mil 260 y 365 mil 200 pesos, conforme al valor de la nueva Unidad de Medida y Actualización (UMA), determinada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). 

La legislación laboral establece multas entre 18 mil 260 y 365 mil 200 pesos para patrones que incumplan este derecho, lo otorguen incompleto o de forma tardía, indicó el dirigente sindical. 

Detalló que esta prestación la deben recibir, sin excepción alguna, trabajadores de base, confianza, planta, sindicalizadosylos contratados por obra, tiempo determinado o eventuales, así como los comisionistas, agentes de comercio, seguros, vendedores y otros semejantes que se rijan por la Ley Federal del Trabajo. 

Originalmente el aguinaldo era sólo una gratificación o regalo que de manera voluntaria que el patrón otorgaba a sus trabajadores con motivo de la celebración de las fiestas de fin de año, pero en 1970 se estableció como obligatorio el pago de esta prestación, recordó Salgado Delgado. 

Más de 85 mil millones de pesos será la derrama económica de aguinaldos para este fin año, entre trabajadores del Apartado A y todos los trabajadores al servicio del Estado, lo cual permitirá reactivar la economía interna del país. 

Según un estudio de la Confederación de Trabajadores de México (CTM), los trabajadores destinan la mayor parte del aguinaldo para pagar deudas, en la compra de ropa, alimentos, regalos y gastos de fiestas de fin de año, así como en el pago de impuestos. 

La CTM reconoce que los patrones están cumpliendo en tiempo y forma con esta prestación establecida en la Ley Federal del Trabajo, por lo cual recomienda a los trabajadores tener precaución a la hora de cobrar su aguinaldo. 

Asimismo, solicita a las autoridades incrementar las medidas de seguridad en las zonas fabriles y de los cajeros automáticos de los propios bancos en estos días, con el fin de evitar que los trabajadores sean sorprendidos y asaltados por la delincuencia. /La Prensa

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