El Pulso Laboral

Lunes 25 mayo 2015

02:30 pm

Mundo Laboral y RR.HH.

Patrones pueden solicitar el término de una huelga

Por: Redacción/El Pulso Laboral

El nuevo modelo de justicia laboral permite que la parte patronal pueda solicitar la calificación de la huelga y, con ello, ésta podría darse por terminada, explicó Alfredo Domínguez Marrufo, subsecretario del Trabajo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

El funcionario declaró lo anterior al participar en la vigésima primera sesión ordinaria del Consejo Directivo de la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT). Domínguez Marrufo acudió para presentar a ese gremio las fases de implementación de la reforma laboral.

Recordó que antes de las modificaciones aprobadas por el Congreso de la Unión en abril pasado la petición de calificación de huelga únicamente era facultad de los trabajadores. A partir de ahora, los empresarios pueden pedir un juicio de imputabilidad.

“También los patrones serán quienes puedan solicitarlo, una vez que transcurra un plazo de 60 días, dos meses, porque si lo ponemos al día siguiente es prácticamente hacer negatorio el derecho de huelga”, expuso el subsecretario, de acuerdo con un comunicado de la dependencia.

En un juicio de imputabilidad se resuelve a quién o a qué se le puede imputar el motivo de la huelga. Es decir, quién tiene la responsabilidad de que los colaboradores hayan tenido que recurrir a un paro de labores. En ese procedimiento, la empresa podrá argumentar que las causas no le son imputables, por lo que no tiene razón de ser la suspensión del trabajo.

Esa facultad que se le otorga al patrón en este nuevo modelo laboral, puede ser efectivo a partir de los dos meses de huelga, en los que no se han llegado a acuerdos entre ambas partes.

Alfredo Domínguez recordó que este mecanismo sigue siendo válido también para los trabajadores y esta vez será un juez del Poder Judicial quien determine si continúa o no el paro laboral. Actualmente, mientras se pone en marcha el nuevo sistema de justicia del trabajo, esto continúan resolviéndolo las juntas de conciliación y arbitraje.

El funcionario subrayó que la reforma laboral establece también que los sindicatos pueden solicitar una prórroga al período de pre huelga. Esto tiene el objetivo que los trabajadores analicen los acuerdos y las ofertas que les hizo la empresas y, una vez hecho esto, aprueben o no el contrato colectivo de trabajo. ///Capital Humano

también te puede interesar