El Pulso Laboral

Lunes 25 mayo 2015

02:30 pm

Mundo Laboral y RR.HH.

Reforma laboral abarata en 20% multas para empresas

Por: Redacción/El Pulso Laboral

La reforma laboral del 1 de mayo no sólo ha implicado un nuevo sistema de justicia y reglas claras de democracia sindical en México, también tuvo un impacto en el costo de las multas para las empresas infractoras de la Ley Federal del Trabajo (LFT), recortándolas en 20 por ciento.

Antes de las modificaciones la LFT las sanciones se fijaban con base en el salario mínimo (SM), el cual se incrementó el 26 de diciembre pasado para ubicarse en 102.68 pesos diarios. Las multas ahora se impondrán con base en la unidad de medida y actualización (UMA), equivalente a 84.49 pesos diarios.

De esta manera, temas como la discriminación y el hostigamiento sexual en el trabajo, incumplir las normas de seguridad e higiene o no dar reparto de utilidades serán sancionados con menos severidad en términos económicos, un ahorro de hasta 112,900 pesos si se comparan los montos máximos en SM y UMA.

Por ejemplo, en estos tres casos la multa iba de las 250 a 5,000 veces el salario mínimo, lo que representaba de 26,767 a 535,350 pesos. Después de la reforma, las sanciones por estos tres temas van de las 250 a 5,000 UMA, es decir de 21,122 a 422,450 pesos.

La ganancia oculta que representa para los centros de trabajo la reducción en los costos de las multas no fue intencional. La reforma constitucional del 27 de enero de 2016 creó la UMA como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes.

Así, el salario mínimo únicamente sirve para fijar las remuneraciones de los trabajadores.

Beneficios macroeconómicos

Esta modificación fue un incentivo para que la Conasami incrementara el salario mínimo, explica Carlos Ferrán, director del Área Laboral de la firma Cuesta Campos. “Creo que lo más importante es que ya hay incentivos para que se incremente el salario mínimo de manera mucho más sustancial año con año y utilizar la UMA para multas”.

Y si bien la nueva forma para fijar sanciones pueda generar alguna inconformidad, dejar de utilizar el salario mínimo tiene más beneficios en términos macroeconómicos, enfatiza.

Ferrán afirma que el cambio tiene aspectos buenos y malos. Por un lado, el “efecto colateral” en las multas, reconoce, puede considerarse un punto negativo si se percibe como un contexto en el que “infringir la ley será más barato, lo cual por supuesto no será una buena noticia”. Por el otro, un punto positivo es que este será el camino para que México pague mejores salarios.

El especialista puntualiza que, si bien nominalmente hay una diferencia considerable en el pago de las sanciones, para el patrón que pague la infracción “no será una diferencia estratosférica”.

De acuerdo con Carlos Ferrán, las multas más baratas tienen más beneficios para los pequeños y medianos empresarios que “llegan a infringir la ley más por desconocimiento que intencional”.

“También a veces es un tema de desconocimiento de pequeños y medianos empresarios. Sabemos que por principio general la ignorancia de la ley no exime su cumplimiento, pero lo que sí es cierto, es que cuando una persona decide emprender en este país generalmente primero emprende y después se pone a ver todo lo que tiene que cumplir. Si lo ves así, también es bajarles un poquito la presión a los patrones, no en el sentido de que se sientan con mejores condiciones para infringir la ley”, detalla.

Por ejemplo, en el cumplimiento de la NOM 035 sobre factores de riesgo psicosocial, Fernanda Zenizo, directora general de Accupeople, opina que las empresas deben cumplir con el ánimo de cuidar a sus colaboradores y no de evitar multas.

Medida inconstitucional

A principios de julio, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional fijar penas o sanciones con base en el salario mínimo.

El máximo tribunal consideró que esta medida viola el Artículo 123 de la Carta Magna y el Cuarto Transitorio de la reforma constitucional del 27 de enero de 2016, con la cual se creó la UMA como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia para determinar el monto del pago de las obligaciones.

De esta manera, los ministros ratificaron que el salario mínimo solamente puede ser utilizado para fijar los ingresos de los trabajadores, y no como referencia para otros fines. //Factor Capital Humano 

 
 

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