El Pulso Laboral

Lunes 25 mayo 2015

02:30 pm

Mundo Laboral y RR.HH.

Defiende STPS límite de pago de salarios caídos

Por: Arturo Rivero

El pago de los salarios caídos por un periodo de 12 meses en caso de despido injustificado establecido en el artículo 48 de la Ley Federal del Trabajo es para “empoderar” al trabajador, afirmó Alfonso Navarrete Prida, Secretario del Trabajo y Previsión Social.

“Yo creo que, siendo muy respetuoso de las decisiones del Poder Judicial de la Federación, el que se haya puesto en la reforma laboral que fueran 12 meses se trata de empoderar al trabajador porque a quien más le conviene llevar un juicio largo porque es el que va a ganar es al abogado llamado en algunos momentos, "coyote", en una visión de fauna, y que se va a tres años y saca algo yo me quedo con el resto y te pago tu salario. 

Yo creo que es bueno que se quede en 12 meses porque los intereses que se le pone al patrón si no se resuelve son muchos más altos que la tasa de mercado", apuntó. 

El Décimo Sexto Tribunal Colegiado en materia de trabajo del primer circuito estableció que es inconstitucional el párrafo del artículo 48 de la Ley Federal del Trabajo que prevé el pago de salarios caídos por un periodo máximo de 12 meses en caso de despido injustificado.

“Se viola los principios de progresividad, justicia, equilibrio social y derecho al mínimo vital plasmados en los artículos 1,3 y 123 constitucionales, el 26 de la Convención Americana de Derechos Humanos y 21 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales”, se establece en el Semanario Judicial de la Federación.

El tribunal precisa que con “tal determinación se hace pagar al trabajador el costo de la tardaza de la resolución de los juicios, lo cual es imputable, en todo caso, al Estado.

Gonzalo Del Castillo Negrete, abogado laboral se manifestó a favor del tope a los salarios caídos. 

"Estoy totalmente de acuerdo con el tope, ya que las empresas no tienen responsabilidad ni injerencia en la lenta aplicación de la justicia laboral, lo cual no perjudica al trabajador, al contrario, lo beneficia y genera que su abogado promueva tácticas que alarguen el proceso", explicó. 

El abogado laboral agregó que además de todos los artículos que tiene el trabajador a su favor, ejemplo "La carga de la prueba", "el perfeccionamiento de su demanda" y en el proceso, "La no comparecencia del patrón, lo declara confeso y en automático se e condena al pago del 100 por ciento de la demanda". 

Del Castillo Negrete dijo que se está de nuevo a la espera de resoluciones claves, ya que, el pleno de la Suprema Corte decidió suspender la resolución de todos los juicios de amparo pendientes de sentencia en Juzgados de Distrito o Tribunales Colegiados, promovidos en contra de algunos artículos contenidos en la reforma a la Ley Federal del Trabajo, hasta en tanto la propia Corte establezca los criterios que se deben seguir. 

"El tópico clave a resolver, es el relativo a los salarios caídos; habrá que esperar entonces para saber y tener certeza si es que el límite de los salarios caídos derivado de la Reforma Laboral de 2012 es inconstitucional o no", apuntó. 

 

 

 

 

 

 

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