El Pulso Laboral

Lunes 25 mayo 2015

02:30 pm

Mundo Laboral y RR.HH.

¿Tu patrón sigue pagando tus cuotas al IMSS en la crisis del Covid-19?

Por: Factor Capital Humano

Para sobrevivir al paro de labores por el coronavirus, algunas empresas podrían estar dejando de pagar sus cuotas patronales al Instituto del Seguro Social (IMSS) sin que los trabajadores estén enterados.

De acuerdo con el instituto, quienes están afiliados al IMSS –o deberían—pueden consultar en línea si efectivamente siguen dados de alta. La vigencia de derechos se puede realizar en línea, ya sea en el portal del IMSS, o en la aplicación para dispositivos inteligentes.

“Ahorrarse” el pago de las cuotas “significa dejar a los trabajadores sin atención médica, que en el contexto de una epidemia es una situación muy grave”, ha expresado el director del instituto, Zoé Robledo. 

Es también una gran irresponsabilidad, agregó en una de las conferencias de prensa matutinas en el Palacio Nacional. En esa ocasión Robledo indicó: “nosotros estamos haciendo un esfuerzo, es lo que nos corresponde, para que la atención sea oportuna. Pero necesitamos la solidaridad de los empresarios”.

La crisis sanitaria por la Covid-19 se ha tornado en económica y laboral. El 30 de marzo las autoridades de salud decretaron el cierre de actividades no esenciales. Sin embargo, desde mediados de ese mes el registro de empleos en el instituto ya había comenzado un marcado descenso.

De medidos de marzo a la primera semana de abril, casi 350,000 puestos trabajo formales habían desaparecido. Es decir, el IMSS dejó de recibir esa cantidad de cuotas obrero patronales.

Para facilitar el pago de las cuotas, el Consejo Técnico del IMSS ha permitido que los empleadores depositen sólo el 20% de la contribución total. El resto lo podrán diferir en plazos de hasta 48 meses con tasas de interés que van de 1.26% al 1.82 por ciento.

Consulta en línea

Si quieres conocer el estado de tu afiliación al IMSS debes contar con los siguientes datos:

» 1. Número de Seguridad Social (NSS). Para hacer la consulta y enterarse de si tu afiliación al instituto sigue vigente es necesario tener a la mano el NSS.

Éste dato es un único, permanente e intransferible, desde la primera vez que la persona se da alta a un empleo formal el IMSS le asigna un numero que, aunque se cambie de empresa, seguirá siendo el mismo.

Si no sabes cuál es tu NSS, puedes localizarlo en el siguiente enlace: http://www.imss.gob.mx/tramites/imss02008

» 2. Clave Única de Registro de Población (CURP). Si no cuentas con esta información En esta liga, puedes obtenerla: https://www.gob.mx/curp/

» 3. Contar con correo electrónico personal, pues la información será enviada por esa vía.

Si cuentas con todos estos trámites,

» 4. Hacer la consulta en el siguiente enlacehttp://www.imss.gob.mx/faq/vigencia-derechos

En la liga anterior se te informará también qué clínica te corresponde e incluye los datos de tu último patrón. “No olvides que estar vigente en el IMSS te permite contar, al igual que tu familia, con servicios médicos, hospitalarios, farmacéuticos y atención obstétrica”, señala en el instituto en su página de internet.

Consulta en la aplicación

  1. Bajar la aplicación IMSS Digital en el celular. Para sistema IOS la puedes buscar en el ícono de App Store y si tienes Android la encuentras en Play store.
  2. Una vez que descargaste la app, entra, elije la opción “Tramita” y luego presiona “Obtén o consulta NSS”. Te pedirá la CURP, así que procura tenerla a la mano.

Trámites y pagos de incapacidad

Otros de los trámites del IMSS que se pueden realizar por Internet son la consulta del estatus de incapacidad, la solicitud de incapacidad por maternidad y los pagos de esa prestación directamente a una cuenta bancaria.

En esta liga http://www.imss.gob.mx/faq/que-beneficios-tiene-ahora-tu-incapacidad se puede gestionar el pago de las incapacidades a una cuenta bancaria. Para ello deberás registrar una cuenta CLABE.

La solicitud de incapacidad por maternidad se puede tramitar en:  www.imss.gob.mx/maternidad. La información que te pedirán es:

  • CURP
  • Número de Seguridad Social (NSS)
  • Correo electrónico personal, teléfono y domicilio
  • Fecha de última menstruación y fecha probable de parto
  • Cuenta CLABE interbancaria y banco

Este permiso se otorga a partir de la semana 34 y hasta la semana 40 de gestación. Una vez que hayas ingresado la información requerida, ésta será evaluada y, luego, certificarán el estado del embarazo y otorgarán la incapacidad por 84 días.

En caso de que la asegurada no haya llevado su control prenatal en el IMSS, le pedirán que suba los siguientes documentos digitalizados y legibles:

  • Identificación oficial
  • Cédula profesional del médico que llevó el control de su embarazo
  • Nota médica o resumen clínico
  • Interpretación del ultrasonido no mayor a 5 semanas.

///Factor Humano

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