El Pulso Laboral

Lunes 25 mayo 2015

02:30 pm

Mundo Laboral y RR.HH.

Vacaciones y prima vacacional, ¿sabes cuánto te corresponde?

Por: Mi Bolsillo

Hay muchos factores que influyen para determinar cuántos días de vacaciones te corresponden, pero lo importante es lo que indica la Ley Federal del Trabajo, la cual marca que los empleados que tengan un año de antigüedad, tienen derecho a seis días de vacaciones pagadas.

Los días de vacaciones son algo a lo que todos los trabajadores tienen derecho, en tu caso si ya estás planeando a dónde irte de viaje este año pero aún no sabes cuántos días te corresponden por ley en tu centro laboral, te ayudamos a sacar la cuenta.

Según la plataforma OCC Mundial, los días a los que tienes derecho aumentan cada año hasta llegar a los 12 días, al llegar a ese límite, cada año se sumarán cinco días más. Te damos un ejemplo: 

  • Año 1: 6 días
  • Año 2: 8 días
  • Año 3: 10 días
  • Año 4: 12 días
  • De 5 a 9 años: 14 días
  • De 10 a 14 años: 16 días
  • De 15 a 19 años: 18 días
  • De 20 a 24 años: 20 días
  • De 25 a 29 años: 22 días
  • De 30 a 34 años: 24 días.

De igual forma debes saber que hay algunos descansos obligatorios a los que tienes derecho, te decimos cuáles son:

  • 1° de enero
  • Primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero
  • Tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo
  • 1° de mayo
  • 16 de septiembre
  • Tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre
  • 1° de diciembre de cada seis años –transmisión del Poder Ejecutivo Federal-
  • 25 de diciembre

Si en tu caso te hacen ir cualquiera de esas fechas, deben pagarte más conforme a lo que marca la ley.

Por otra parte, en algunas empresas se ofrecen más días de vacaciones que los que marca la ley, cuando eso sucede se considera que tienes prestaciones superiores, las cuales por lo general son las más valoradas por los empleados. Así que, si estás en busca de trabajo, puedes consultar este tipo de detalles antes para saber si es lo que te conviene.

¿Qué es la prima vacacional?

Esta es una prestación de ley obligatoria, la cual contempla el pago de mínimo el 25% del salario correspondiente al período de vacaciones. Algunas empresas ofrecen mayor porcentaje, lo que puede considerarse de igual forma una prestación superior a la de la ley.

Ahora, si un trabajador tiene derecho a 6 días de vacaciones, la empresa debe pagarle los 6 días de su salario íntegro, sin ningún descuento; además de un 25% adicional por el concepto de prima vacacional.

Aunque esta prestación genera retención de impuestos (ISR) si es menor a 15 días de salario mínimo vigente, queda exento. Un tema que debes tener pendiente es que en tu centro laboral no pueden ofrecerte dinero a cambio de no tomar el período de vacaciones que te corresponde.

Esto está establecido en el artículo 79 de la Ley Federal del Trabajo, la cual establece que: “las vacaciones no podrán compensarse con una remuneración”. Esto solamente debe ocurrir en caso de que la relación laboral haya terminado y no hayas tomado el período de vacaciones que te corresponde, solamente en ese caso te deben pagar tus vacaciones en efectivo.

Otra cosa que debes tomar en cuenta es que tu patrón tiene la obligación de entregarle cada año a sus trabajadores una constancia que contenga su antigüedad, basándose en ello se debe calcular el período de vacaciones que le corresponda a cada persona.

En caso de que en tu centro de trabajo no te den las vacaciones que te corresponden, como trabajador tienes hasta un año para demandar el pago de éstas y de la prima vacacional. En este caso puedes acercarte a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) para que te briden la asesoría necesaria.///Mi Bolsillo

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