El Pulso Laboral

Lunes 25 mayo 2015

02:30 pm

Mundo Laboral y RR.HH.

A un paso de aprobarse permiso laboral por "luto"

Por: Redacción/El Pulso Laboral

La Comisión de Trabajo y Previsión Social aprobó reformar la ley federal en esta materia a fin de que los patrones otorguen a sus trabajadores "permiso por luto" de cuando menos tres días hábiles, con goce de sueldo, al fallecer alguno de sus familiares (padres, hijos, hermanos o cónyuges).

En reunión de trabajo de esta instancia legislativa se indicó que este derecho, que no existe en la Ley Federal del Trabajo, se establecería al agregarle una Fracción XXIX al Artículo 132.

Así los empleados que busquen beneficiarse de él tendrán que presentar al patrón, o a quien éste designe, el acta de defunción correspondiente dentro de los 15 días hábiles posteriores al deceso.

En la discusión de la propuesta, la presidenta de la comisión, Ana Georgina Zapata Lucero, recordó que la legislación laboral de países como España, Colombia, Uruguay, Paraguay y Venezuela contemplan una licencia semejante a la que se propone con la reforma.

Comentó que empleados del sector público, como del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) gozan de este derecho, por lo que consideró procedente ampliarlo a otros ámbitos laborales.

En su oportunidad, el legislador perredista Julio Saldaña Morán sostuvo que la salud física y emocional de los trabajadores se relaciona directamente con su concentración y productividad, como lo demuestran diversos estudios en la materia.

El documento avalado por unanimidad sustenta que pese a que la legislación laboral vigente considera permisos especiales por el nacimiento de un hijo, no contempla la muerte de un familiar, suceso que incide de manera delicada en la vida del sujeto.

Destaca que hay patrones o entidades públicas que otorgan, fuera de la ley, días de permiso con goce de sueldo, dada la empatía que pueden llegar a sentir por el empleado.

Sin embargo, puntualiza, también se dan los casos en los que los trabajadores no son del agrado de sus mandos inmediatos y solo reciben permisos sin goce sueldo y muchas veces ni siquiera eso.

Por ello, "debe ser la ley la que los ampare y garantice este derecho, mismo que no tiene que depender de la empatía o de la ausencia de ella", concluye.

también te puede interesar