El Pulso Laboral

Lunes 25 mayo 2015

02:30 pm

Mundo Laboral y RR.HH.

Vales de despensa...¿por qué sí?

Por: En la opinión de El Pulso Laboral

Mensualmente los vales de despensa son otorgados a cerca de seis millones de familias. Para los trabajadores resulta una prestación muy valorada, mientras que para las empresas, se traduce en una excelente opción y con importantes ventajas económicas, ya que les permite mantener el poder adquisitivo de sus empleados al menor costo, aún sin ser deducibles.

El incentivo fiscal, implica un ahorro para las empresas; al personal lo motiva, y esto se traduce en mayor productividad. Los trabajadores obtienen beneficios al utilizar sus vales en la compra de alimentos para ellos y sus familias.

La Ley de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores, estipula que la ayuda de despensa no se otorgará en efectivo, ya que no favorece ni a las empresas ni a los trabajadores, pues se aumentarían los gastos en seguridad social para los empleadores, al tiempo que a los empleados les reduciría el poder adquisitivo, pues el efectivo es un ingreso gravado. 

De manera gradual, muchas empresas ya caen en la cuenta de incluir dicha prestación en sus contrataciones; al ofrecerlo saben que ganan también en mayor productividad. Pero qué requisitos necesita cumplir el patrón que entrega vales de despensa a sus trabajadores para deducirlos del ISR?

Primero, no hay que perder de vista el proporcionarlos de manera general a todos los trabajadores a través de monederos electrónicos autorizados por el SAT, contar con la Factura Electrónica con complemento de vales de despensa que expida el emisor autorizado.

Para adquirir los monederos electrónicos autorizados de vales de despensa, el patrón debe celebrar un contrato con ese emisor autorizado de monederos electrónicos, proporcionar nombre, denominación o razón social, número de registro patronal, su RFC y domicilio fiscal, y especificar el importe que será asignado a cada monedero electrónico adquirido.

De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria, el SAT, cuando los vales de despensa se otorguen a trabajadores no sindicalizados, no podrá exceder de diez veces el salario mínimo.


 

 

 

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