El Pulso Laboral

Lunes 25 mayo 2015

02:30 pm

Mundo Laboral y RR.HH.

Diligencia, obligación que garantiza la seguridad de las empresas

Por: Claudia Cervantes

Sábado 6 de agosto 2016

Hoy en día, en América Latina se ha incrementado el número de empresas y organizaciones que se preocupan por verificar la identidad de terceros, para determinar el nivel de riesgo que implica en la relación de negocio.

Lo anterior a través de una Debida Diligencia, lo cual significa un proceso enfocado en la determinación sobre posibles impactos o las consecuencias negativas, reales o potenciales a las que se enfrentan no solo para las instituciones financieras, sino cualquier empresa ya sea con clientes, proveedores o empleados.

La práctica de Debida Diligencia, se basa en un factor de cuidado y supervisión que prevé el involucramiento de la empresa con terceros, donde se pueda confirmar su identidad, datos de localización, residencia, donde y con quien realiza negocios, además, se debe revisar si la persona o empresa está involucrada en alguna lista de vigilancia o de sanciones, así como si es una persona “políticamente expuesta” o asociada con alguna otra “políticamente expuesta”, lo anterior es esencial para entender el nivel de riesgo para el negocio.

Esto con el objetivo de no ser blanco de la delincuencia organizada (lavado de dinero, terrorismo, financiamiento ilícito, entre otras) canales que comúnmente se utilizan para poder desviar el origen de dinero ilícito.

De acuerdo a un estudio desarrollado por LexisNexis Risk Solutions en conjunto con ACAMS (Asociación de Especialistas Certificados en la Prevención de Lavado de Dinero), el cual refleja datos de América del Sur, nos ofrece los siguientes datos:

La mayoría de las organizaciones realizan una identificación de los clientes/proveedores, mucho más que en América del Norte, un 98% conoce la ocupación de las personas y la naturaleza del negocio.

- El 93% de las organizaciones conocen la identidad de los clientes/proveedores.

- Un 85% conoce las fuentes de los ingresos de los clientes/proveedores.

- 78% tiene conocimiento del propósito de la apertura de una cuenta.

- Un 50% conoce las referencias bancarias y los reportes crediticios de los clientes/proveedores.

Es importante que dichas acciones no solamente sean adoptadas por grandes empresas sino por organizaciones medianas, pequeñas e incluso particulares, que los apoyen a obtener toda la información posible, utilizando el diálogo con los clientes, proveedores y empleados como método principal para una “debida diligencia” y poder obtener toda la información necesaria para conocer con quien se está vinculando la empresa. Este proceso se debe complementar cotejando la información recopilada con fuentes oficiales que permitirán reiterar la veracidad de la información.

Cabe mencionar que existe información difícil de rastrear como por ejemplo; si la persona o empresa han estado involucrados en un proceso legal, si estuvieron relacionados con alguna acción judicial o; la situación financiera en general, no solo por la parte de riesgo crediticio, sino también para saber de dónde provienen los fondos que utilizan, así como su fuente de ingresos.

En general para garantizar una debida diligencia, se debe considerar lo siguiente:

1.- Verificar la identidad de cada uno de los empleados, clientes y prestadores de servicios

2.- Pleno conocimiento del beneficiario final

  1. Recopilación de toda la información necesaria referente al propósito de la relación comercial

4.- Analizar y registrar las transacciones que se realicen con el cliente para tener conocimiento de la asignación de los fondos.

5.- Monitoreo continuo de clientes y terceros para determinar si hay algún cambio en su información durante la relación de negocios.

Las categorías de riesgo más comunes que se consideran en una Debida Diligencia son:

  • PEPs, Lavado de Dinero, Listas de Sanciones, Terrorismo, Corrupción, Fraude, Tráfico de Armas, Guerra, Extorsión, Comercio, Soborno, Tráfico de Personas, Narcotráfico, Asesinato, Espionaje y Fraudes Bancarios.

Lo anterior es considerado en listas negras de organismos que se encargan de vigilar las actividades como:

  • Anticorrupción y Soborno (Departamento de justicia de Estados Unidos)
  • Reguladores y Cortes. (CNBV,PGR)
  • Listas de Sanciones (DEA, FBI)

 

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