El Pulso Laboral

Lunes 25 mayo 2015

02:30 pm

Mundo Laboral y RR.HH.

Piden al IMSS dar de alta a albañiles

Por: Claudia Cervantes

Martes 30 de agosto 2016

Rodolfo Cholico Juárez, jefe de Afiliación y Cobranza del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Querétaro, indicó que en cada construcción que involucra trabajadores, estos deben estar protegidos por el Instituto para que tengan las prestaciones en especie y en dinero que establece la Ley del Seguro Social, por lo que exhortó a los dueños de predios en los que se realice alguna construcción, a que den de alta la obra conforme lo establece la Ley del Seguro Social y el Reglamento del Seguro Social, obligatorio para los trabajadores de la construcción por obra o tiempo, y luego procedan a la baja o estén al pendiente de que la gente que contratan lo haga.

El funcionario indicó que desde la más mínima construcción, como una remodelación o ampliación de vivienda, hasta una nave industrial, incluyendo las obras públicas, deben estar registradas ante el IMSS para proceder a la afiliación de los trabajadores.

“Como todo trabajador, los de construcción también tienen derecho a gozar de un servicio médico para ellos y sus familias; y en caso de un accidente o una enfermedad tienen derecho a su atención y al pago de incapacidades o incluso de una pensión. Asimismo, pueden ir cotizando semanas para que cuando llegue la hora del retiro laboral por cesantía o vejez lo puedan obtener sin problemas”.

Agregó que el exhorto incluye a las personas que realizan una autoconstrucción, pues si no dan el aviso correspondiente y posteriormente es detectada por verificadores del IMSS, se complica el demostrar que el dueño realizó los trabajos y pueden fincársele cobros, los cuales podrían afectar su economía, debido a que se estarían cobrando multas y recargos.

“Es recomendable acudir a recibir asesoría por parte del Departamento de Auditoría a Patrones de la Subdelegación del Municipio cuando se construye, remodela o autoconstruye”.

Cholico Juárez dijo que dar la baja de obra es sumamente importante para que, en su momento, sea confirmada por personal del Instituto y extender la liberación a la persona o empresa que registró la construcción.

De lo contrario, en caso de incumplimiento, el propietario de la obra resulta responsable solidario de las omisiones de su subcontratista.

“Mientras no se informe la conclusión de una obra, se continuará emitiendo el cobro por cuotas obrero-patronales que regularmente cubren, en casos de construcciones menores, a los propietarios de viviendas y en el caso de mayores, a las empresas contratistas”, finalizó.

 

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