El Pulso Laboral

Lunes 25 mayo 2015

02:30 pm

Mundo Laboral y RR.HH.

Insisten derogar límites y deducir prestaciones laborales

Por: Redacción//El Pulso Laboral

Jueves 20 de octubre de 2016

Organismos profesionales solicitaron a los tres Poderes de la Unión promover las reformas fiscales necesarias que eliminen las limitaciones vigentes para deducir las prestaciones laborales que otorgan las empresas a sus trabajadores.

Esta petición está respaldada por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), la Barra Mexicana, Colegio de Abogados (BMA), la Asociación Nacional de Abogados de Empresas, Colegio de Abogados (ANADE), el Colegio Nacional de Actuarios (Conac) y la Asociación Mexicana de Actuarios Consultores (AMAC).

La presidenta del IMCP, Leticia Hervert Sáenz, recordó que como parte de la reforma hacendaria vigente desde 2014, se incorporaron limitaciones para determinar el Impuesto sobre la Renta (ISR) a cargo de las empresas, las cuales no existían en la legislación tributaria hasta el ejercicio 2013.

En un afán recaudatorio, añadió, la reforma hacendaria afectó el derecho de los contribuyentes a deducir al 100 por ciento prestaciones legales como aguinaldo, la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) prima vacacional, prima dominical, tiempo extra, indemnización constitucional por separación o prima de antigüedad.

Tampoco se pueden deducir diversas prestaciones encaminadas a mejorar la calidad de vida de los trabajadores, consideradas como de justicia social, como son los gastos médicos, dentales, hospitalarios y de funeral, subsidios por incapacidad, becas educacionales para los trabajadores o sus hijos, guarderías infantiles y actividades culturales y deportivas.

Apuntó que dicha reforma afectó también la deducibilidad de las aportaciones para fondos de pensiones y jubilaciones que complementan la pensión “raquítica” que reciben los trabajadores por parte del IMSS, así como las cuotas de seguridad a cargo de los trabajadores que de manera solidaria son pagadas por los patrones.

Ante esta situación, agregó, diversas empresas en legítima defensa de sus intereses al tratarse de gastos estrictamente indispensables para realizar sus actividades y poder generar ingresos que son acumulables Íntegramente al ISR, interpusieron cerca de siete mil amparos en contra de dicha reforma.

Por su parte, el presidente de la Barra Mexicana, Colegio de Abogados (BMA) Pablo Corvera, afirmó que esta reforma implica una mayor carga impositiva que genera de manera directa un incremento en los costos laborales entre 6.0 y 8.0 por ciento.

Esto representa "incentivos perversos” para la informalidad y la precarización de las condiciones de trabajo, que tienen un alto impacto en la productividad y la competitividad del país, expresó en rueda de prensa.

Señaló que el encarecimiento innecesario de la relaciones de trabajo implica un mayor esfuerzo de los empleadores para mantener y promover éstas, reduciendo aún más la posibilidad de que los colaboradores reciban una remuneración que les permita proveerse de lo necesario para vivir.

Con ello, se afecta el derecho al trabajo que no implica una protección a la libertad de las personas para elegir el trabajo u ocupación que más convenga a sus intereses, sino que además implica el derecho a conservarlo y mejorarlo.

Afirmó que esta responsabilidad recae en el Estado, el cual tiene la obligación de crear una política pública que promueve reformas legislativas a fin de procurar y generar fuentes de empleo dignas y bien remuneradas en favor de sus ciudadanos.

Estas disposiciones constituyen una barrera para el otorgamiento de prestaciones sociales que tienen un alto impacto en las condiciones de vida de los trabajadores y en sus necesidades básicas, como son alimentación, salud, seguridad social, educación, cultura, entre otras, consideró.

El presidente de la Asociación Nacional de Abogados de Empresas, Colegio de Abogados (ANADE) Ricardo Cervantes, recordó que el 21 de septiembre pasado, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió el amparo contra los límites a la deducción de las prestaciones laborales.

Los ministros, agregó, declararon constitucional los Artículos de la Ley del Impuesto sobre la Renta que limitan la deducción de las prestaciones laborales, al conceder el amparo en contra de dicha disposiciones legales.

Consideraron que las limitantes no son contrarias a los derechos humanos, pues la limitación para su deducción obedece a una finalidad razonable, es decir, recuperar la recaudación que se dejó de percibir con la eliminación del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU)

El presidente del Colegio de Actuarios (Conac) Roberto Rocha, dijo que se trata de un tema que afecta seriamente a las empresas de sector privado trabajadores, además de que afecta la competitividad del país, tan necesaria para el desarrollo económico en un mundo globalizado.

Bajo el argumento de libertad de configuración legislativa, agregó, se pretende justiciar decisiones que atentan contra el principio de certidumbre y la seguridad jurídica que debe imperar en un Estado como el nuestro, anoto.

Por ello, subrayó, organismos empresariales solicitan a los tres poderes de la Unión promover las reformas fiscales necesarias para eliminar las limitaciones a la prestaciones otorgadas por los patrones a sus trabajadores, las cuales constituyen ingresos exentos para ellos, como había sido respetados hasta 2013.

Fuente: Notimex

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