El Pulso Laboral

Lunes 25 mayo 2015

02:30 pm

Mundo Laboral y RR.HH.

Emiten declaratoria de constitucionalidad en justicia laboral

Por: Redacción/El Pulso Laboral

La Cámara de Diputados emitió la declaratoria de constitucionalidad a las reformas y adiciones a diversas disposiciones de los artículos 107 y 123 de la Constitución Política, en materia de justicia laboral, luego de recibir los votos aprobatorios de 17 legislaturas de los estados.

En la sesión, el presidente de la Mesa Directiva, diputado Javier Bolaños Aguilar, expresó: “El Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en uso de la facultad que le confiere el artículo 135 de la Constitución Política y previa aprobación de la mayoría de las honorables Legislaturas de los estados, declara reformados los artículos 107 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de justicia laboral. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales”.

Previamente, se informó de la recepción de 17 votos aprobatorios correspondientes a las legislaturas de los estados de Aguascalientes, Campeche, Coahuila, Chiapas, Chihuahua, Hidalgo, Jalisco, México, Michoacán, Nayarit, Nuevo León, Quintana Roo, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas, Tlaxcala y Zacatecas, a la minuta que reforma y adiciona diversas disposiciones de los artículos 107 y 123 de la Carta Magna.

Al respecto, el diputado Carlos Gutiérrez García (Nueva Alianza) señaló que con este dictamen se busca hacer que la justicia laboral sea más sencilla y expedita para los trabajadores, y que deje de formar parte de las atribuciones de los ejecutivos para pasarla al Poder Judicial a nivel federal y estatal.

Sustituye a las juntas de Conciliación y Arbitraje, por tribunales laborales pertenecientes al Poder Judicial de la Federación o de las entidades federativas; favorece la resolución de los conflictos mediante la conciliación; prevé procedimientos y requisitos para asegurar la libertad de negociación colectiva y los legítimos intereses de trabajadores y patrones, y respeta la representatividad de las organizaciones sindicales.

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