El Pulso Laboral

Lunes 25 mayo 2015

02:30 pm

Seguridad Social

Importante proporcionar información correcta en trámites de seguridad social

Por: Redacción /Pulso Laboral

Es difícil que el personal de Recursos Humanos conozca todos los trámites complejos del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Pero hacer las preguntas correctas a los empleados ahorrará problemas a la empresa y al trabajador, afirma Yamile Moncada Reyes, abogada especializada en seguridad social.

En agosto pasado el instituto superó la cifra de 20 millones de trabajadores afiliados. De ellos, 84 por ciento son puestos permanentes y 17, eventuales, según reportó el propio organismo a principios de septiembre

Además del horario o las funciones, hay otros aspectos que deben quedar claros al contratar a nuevo talento, de acuerdo con la especialista, quien conduce el programa Ecos Sociales, que se transmite todos los martes a las 18:00 horas por GinXti Tv. “¿Está pensionado por incapacidad o por riesgo de trabajo, o tiene un sistema de pensión privada con alguna otra empresa?”.

Las dudas podrían parecer fuera de lugar, pero algunos candidatos mienten u ocultan este tipo de información “por miedo a que no los contraten”, explica Yamile Moncada. Sin embargo, deben saber que, conforme al artículo 1º Constitucional, esto no impide que los puedan emplear, aclara la experta.

Otros que ya cuentan con una pensión por invalidez, no lo comunican a RH creyendo que al cumplir 60 años tendrán una segunda pensión por cesantía, apunta Moncada. Pero no es así.

La pensión por “Cesantía en Edad Avanzada” se otorga a aquellos trabajadores que ya cumplieron 60 años y tienen al menos 500 semanas de cotización, según la ley del IMSS de 1997. Quienes comenzaron a trabajar después de 1997 deben alcanzar esa edad y  haber cotizado 1.250 semanas.

El monto mensual que reciben es el 75 por ciento de lo que ganaban al momento de pensionarse, mientras que una pensión por invalidez representa tan solo 35 por ciento, precisa la abogada. El IMSS otorga solo uno de esos beneficios, si un trabajador ya cuenta con esta última,  por lo cual, al cumplir los 60 años no podrá pedir la de cesantía.

Entonces, si los candidatos ocultan que ya reciben una cantidad mensual del instituto, los colaboradores de RH de cualquier manera se enterarán al intentar dar de alta al trabajador en el sistema del IMSS. Pero saberlo desde el inicio les facilita el trabajo y evita que el nuevo empleado inicie con una mala imagen, añade.

Los gestores de RH deben ser cautelosos al dar de baja a los empleados que quieren pensionarse por cesantía. Entre otras, una de las causas por las que el IMSS les niega la pensión es porque la empresa manifestó al instituto que la desvinculación fue por voluntad del colaborador, señala la especialista. 

Muchos de los trabajadores que inician los trámites para su pensión comienzan también un viacrucis, dice. Primero deben solicitar que la empresa los dé de baja en la plataforma electrónica IDSE del IMSS.

El instituto, como aseguradora social, pensiona a quienes tienen más de 60 años en la lógica de que a esa edad es difícil que sigan trabajando. No es que por voluntad del empleado suceda eso.

Pero si se cometió el error de poner que el retiro fue voluntario, hay una solución, comenta la abogada. Contratarlos de nuevo, “reingresarlos al régimen obligatorio por uno o dos días y generar de nuevo la baja por cualquier motivo. Menos por voluntad del trabajador”.

Yamile Moncada aconseja a los responsables de recursos humanos clasificar a los colaboradores que están dados de alta bajo las condiciones de la ley del IMSS de 1973 y los que comenzaron a cotizar posterior a la reforma de 1997.

Las condiciones de retiro y semanas cotizadas son muy diferentes para ambos regímenes, detalla. “En función de eso, y como valor agregado a sus colaboradores, pueden ofrecerles pláticas informativas para que cada uno sepa qué beneficios tiene y cómo y cuándo ejercerlos”.

Otro plus desde el departamento de capital humano es exhortar a los empleados de más de 50 años “buscar cuántas semanas cotizadas llevan y poner en orden sus documentos. Sobre todo si en alguno hay un error que corregir”. La pensión puede ser por cesantía, a los 60 años, pero “uno nunca sabe si se sufre un accidente o enfermedad” y hay que adelantar la jubilación./El Economista

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