El Pulso Laboral

Lunes 25 mayo 2015

02:30 pm

Seguridad Social

Garantiza IMSS pago de pensiones con tope de 25 SM

Por: Redacción/El Pulso Laboral

En México, el tope para las pensiones de los trabajadores de transición es de 25 salarios mínimos (SM), pese a la confusión que han generado las jurisprudencias emitidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Así sentenció Patricio Caso, el director Jurídico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), en entrevista con REFORMA.

Los trabajadores de transición son todos aquellos que comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997 y que siguen aportando a una Afore. Ellos tendrán la opción de jubilarse ya sea con la Ley del IMSS o con el ahorro acumulado en su administradora.

Dos jurisprudencias de la SCJN -una en 2010 y otra en febrero pasado- han señalado un tope de 10 salarios mínimos a las pensiones, sin embargo, ninguna aplica para los trabajadores en transición.

La confusión se despertó por la jurisprudencia emitida el 9 de junio de 2010, cuando la SCJN aclaró cuál debía ser el tope a las pensiones para los trabajadores que dejaron de cotizar antes del 1 de julio de 1997, ya que hasta entonces, el IMSS no había incluido en sus pleitos en tribunales explícitamente cuál era el límite.

La falta de esa precisión generó que algunos tribunales decidieran cuánto correspondía de pensión, acepta Caso.

Con ello, algunos pensionados lograron recibir un beneficio mayor a ese tope.

Otros tribunales decidían que el tope era el que indicaba la Ley, aunque los pensionados reclamarán un nivel más alto.

"Había trabajadores que demandaban pensión de 50 veces el salario mínimo y el IMSS en lugar de decir: 'no puede ser porque hay un tope', no lo decía, y entonces ante esa ausencia, la Junta determinaba que se dieran esas pensiones", recordó.

"¿Entonces, cómo resolvía un tribunal? Un tribunal podía resolverte diciéndote: Sí, va por arriba de los 10 SM, o de los 25 SM, sin límite", comenta Caso.

Con la jurisprudencia del 2010, el criterio quedó definido.

En febrero pasado, la SCJN emitió una nueva jurisprudencia que reitera la del 2010 porque había confusión en la Junta y en los tribunales colegiados.

Sin embargo, el tema volvió a causar confusión y el Instituto Mexicano de Ejecutivos en Finanzas (IMEF) pidió a la Corte que aclarara el tema, señalando que estaban en riesgo un nuevo tope a las pensiones.

"El IMSS de ninguna manera modificará los criterios establecidos en la reforma de la Ley del 97, el tope es de 25 salarios mínimos (para los trabajadores en transición).

"No es la intención del IMSS y jamás lo sería reducir las pensiones de este País. Tienen un derecho, trabajaron su vida y así lo pagamos, tanto por razones jurídicas como de política pública no lo haríamos", concluyó Caso.

Fuente: Reforma 

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