El Pulso Laboral

Lunes 25 mayo 2015

02:30 pm

Seguridad Social

SCJN niega amparo a niño de cinco años

Por: Claudia Cervantes

Jueves 19 de mayo 2016

 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó un amparo a un niño de cinco años de edad quien exigía que el Gobierno otorgara alimentos a todos los estudiantes del país.

El menor, representado por su padre, un abogado de Guanajuato, argumentó en un amparo promovido ante la SCJN que la Ley General de Educación era discriminatoria al establecer que el Estado sólo tiene la obligación de brindar apoyos para la alimentación de los estudiantes menores de edad, que se encuentren en situación de pobreza o marginación.

De acuerdo con el padre del menor, esta medida era discriminatoria, ya que el Estado debía garantizar el derecho a la salud para todos los niños, sin importar si asistían a escuelas públicas o privadas, para así garantizar el derecho a la alimentación y a una educación de calidad a toda la población.

En votación unánime, los ministros de la Segunda Sala decidieron negar este amparo por considerar que la responsabilidad de otorgar alimentos a los menores de edad, recae en los padres y no en el Estado, el cual sólo está obligado a promover las condiciones necesarias para que las personas puedan cumplir con la obligación de brindar alimentos a sus hijos.

También determinaron que la Ley General de Educación no es discriminatoria al establecer medidas de apoyo para los menores de edad que viven en condiciones de pobreza y marginación, ya que se trata de medidas que buscan romper las barreras que impiden que todas las personas puedan gozar, en un plano de igualdad, de todos los derechos que les corresponden.

 

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