El Pulso Laboral

Lunes 25 mayo 2015

02:30 pm

Seguridad Social

Trabajadores IMSS de 65 y más

Por: Redacción/El Pulso Laboral

De acuerdo con la Ley del Seguro Social publicada en 1973, para tener derecho a una pensión por vejez se requiere que el trabajador haya cotizado al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), tenga cumplidos 65 años de edad y tener reconocidas ante el instituto un mínimo de 500 semanas cotizadas. Además, los trabajadores que cumplan con estos requisitos po drán solicitar la devolución de recursos que tenga acumulados en la cuenta individual del SAR.

¿Que recursos puede retirar de su cuenta individual? Los recursos que podrá retirar de su cuenta individual dependen de la situación en que se encuentre; a continuación, mencionamos los tres posibles casos:

• Si ya tiene una pensión otorgada por elIMSS (invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte, etc.), entonces podrá solicitar la devolución de re cursos identificados como SAR 92 (que corresponden a retiro y vivienda), Re tiro 97 y Vivienda 97.

• Si cotiza al IMSS, pero no alcanza una pensión y obtuvo una Negativa de Pensión, entonces los recursos que podrá retirar son los del SAR 92, Retiro 97 y Vivienda 97, así como los de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (CV).

• Si ya cumple los requisitos para pensionarse, pero no ha solicitado su pensión, entonces puede disponer de los recursos del SAR 92.

Es importante que consulte con su afo re el detalle de sus recursos antes de solicitarlos . Una vez que tenga la informa ción sobre sus recursos puede solicitar la devolución de los mismos mediante el portal dele-sar (www.e-sar.com.mxy llenar lapre-solicitud de retiro), o bien, llamar aSARTEL (0155) 13 28 50 00, seleccionar la opción 1, de 65 y más, y se guir las instrucciones).

Para solicitar la devolución en cualquie ra de los dos medios deberá reunir la siguiente información:

• Número de Seguridad Social (NSS) (aparece en sus estados de cuenta de su afore y en sus recibos de nómina, si no cuenta con este dato contacta al IMSS para obtenerlo)

• Clave Única de Registro de Población (CURP)

• Nombre completo

• Fecha y lugar de nacimiento

• Correo electrónico (aquí le enviarán el folio de su pre-solicitud)

• Domicilio particular (calle, número exterior y / o interior, entidad federativa, delegación o municipio y código postal)

• Teléfono fijo y/o celular Y los siguientes documentos: • Identificación oficial

• Comprobante de domicilio • Copia del último estado de cuenta bancario a su nombre, donde se especifique la CLABE interbancaria.

• Siga las instrucciones que le soliciten en cualquiera de las dos opciones que haya elegido para solicitar la devolución de sus recursos. Si tiene dudas llame al SARTEL ((0155) 13 28 50 00) para solicitar más información.

Para obtener mayor información sobre el sistema de pensiones visite la página de Internet: www. amafore. org. /El Economista 

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