El Pulso Laboral

Lunes 25 mayo 2015

02:30 pm

Sindicatos

Automización de sindicatos, riesgo para empresas: Coparmex

Por: Redacción/ El Pulso Laboral

Si los legisladores no regulan los contratos colectivos y el derecho de huelga, como parte de las leyes secundarias de la reforma laboral, una mala interpretación del Convenio 98 provocaría la sobreprotección a líderes sindicales y la "atomización" de sindicatos, con el riesgo del cierre de empresas, advirtió el presidente de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex), Gustavo de Hoyos. 

"En el derecho de sindicación y de negociación colectiva es imprescindible desarrollar un mecanismo que impídala 'atomización', es decir, la existencia de multiplicidad de sindicatos en una misma empresa, que dificulten revisiones de contratos colectivos y eventualmente conduzca a la parálisis ", sentenció el líder patronal. "Tenemos la certeza de que sólo mediante la adecuada participación de las organizaciones representativas de trabajadores y patrones se podrán generar adecuaciones legales". 

Cabe recordar que los compromisos relacionados con la libertad sindical y la contratación colectiva en el país adquiridos tras la ratificación del Convenio 98 entran en vigor el 30 de octubre del 2019. 

El líder del sector patronal señalo que se ha observado en distintos países latinoamericanos que han ratificado el Convenio 98 de la OIT, que negociar con grupos diferentes al interior de una misma empresa no sólo impacta negativamente la productividad, sino que debilita a los propios sindicatos. 

"Estamos en favor de la libertad sindical", sostuvo De Hoyos, pero regulada, para que no se afecte la relación tripartita. Para el sector patronal, "es fundamental que se evite en la nueva legislación, p aros, bloqueos y amenazas que impidan la realización de las actividades de los patrones y de sus trabajadores, proveedores o clientes". 

De Hoyos sostuvo, lo que está en juego es la certidumbre y la competitividad laboral de México, y con ello, la posibilidad de que el país pueda generar los empleos que necesita su población, para acceder a niveles crecientes de bienestar. 

La reforma laboral fue aprobada el 24 de febrero del 2017, registrando cambios en los artículos 107 y 124 de la Constitución; sin embargo, la legislación secundaria continúa estancada. Dicha reforma establece la desaparición de las Juntas de Conciliación y Arbitraje y la resolución de las diferencias o los conflictos entre trabajadores y patrones a través de juzgados o tribunales laborales del Poder Judicial de la Federación o de las entidades. 

Lorenzo Roel, presidente de la Comisión Laboral nacional de Coparmex, precisó que como parte de las reformas secundarias, en esta ocasión se prevé que sólo entre el paquete de sindicalismo, por lo que el tema de la subcontratación quedará pendiente para una segunda ola de iniciativas a legislarse. 

Por el momento, en el Congreso se prevé que se presenten las iniciativas a sindicalismo, puesto que en el Anexo 23-A del capítulo laboral del T-MEC, México se comprometió a que en las futuras revisiones salariales y de condiciones laborales, todos los contratos colectivos existentes incluyan apoyo mayoritario, a través del ejercicio del voto personal, libre y secreto de los trabajadores cubiertos por dichos contratos. /El Economista

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