El Pulso Laboral

Lunes 25 mayo 2015

02:30 pm

Mundo Laboral y RR.HH.

Empresas están obligadas a dar permiso de paternidad

Por: Redacción/El Pulso Laboral

La presidenta del Consejo de Cámaras y Asociaciones Empresariales del Estado de México (Concaem), María de Lourdes Medina Ortega, señaló que las compañías están obligadas a otorgar el permiso de paternidad a sus empleados, mismo que equivale a cinco días. De no hacerlo, estarían violentando la ley y pueden hacerse acreedoras a una sanción. 

"Es una exigencia normal, las firmas deben sensibilizarse y entender que los trabajadores deben tener garantizados esos días para estar con sus esposas, ya que son el primer apoyo de su parejay el primer contacto con sus hijos". 

Cuando el patrón no cumple, detalló, se puede emitir una queja para que les restablezcan los días, ya que más que un "permiso" es una prestación ganada por contrato y sustentada en la Ley Federal de la materia. Pese a las circunstancias las empresas deben otorgarlo sin importar el tamaño de éstas. 

Cumplir con las obligaciones, dijo, también ayuda alos establecimientos a fomentar la lealtad de las personas, ya que el apoyo y respaldo debe ser en dos vías, es decir, al atender las necesidades de sus colaboradores a la larga también verán beneficios porque disminuye la rotación, el personal está satisfecho y recibe un trato digno. 

"Así como tiene la obligación el patrón de dar al primer año seis di as de vacaciones, también hay responsabilidad de dar cinco días para la paternidad", enfatizó Mediona Ortega. 

El propósito de este permiso, explicó laempresaria, es extender garantía de que se haga efectivo el derecho constitucional al empleo digno e impulsar el equilibrio de vida entre lo familiar y el aspecto de empleo para generar oportunidades y de dicha manera los trabajadores conjuguen sus labores personales con su desarrollo profesional, lo cual propicia ambientes mas saludables, armónicos y hasta productivos. 

Producto de la Reforma Laboral en la actual administración, el Artículo 132, fracciónXXVII bis, de la Ley Federal del Trabajo establece como obligación del patrón brindar un permiso de paternidad de cinco días laborales con goce de sueldo a los hombres, por el nacimiento de sus hijos y, de igual manera, en el caso de adopción de un infante. Los días de descanso serán contados a partir del nacimiento. 

Actualmente la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STyPS) cuenta con el Distintivo "Empresa Familiarmente Responsable", que puntuliza las prácticas para conciliar ambos rubros. 

"Cumplir con tal prestación ay uda a fomentar lealtad entre el personal"/Millenio Estado de México

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