El Pulso Laboral

Lunes 25 mayo 2015

02:30 pm

Mundo Laboral y RR.HH.

Trabajadoras del hogar, entre la explotación y la crisis laboral de la pandemia

Por: Factor Capital Humano

La voz del hombre al otro lado de la línea se tornó en un susurro, como preparándose a decir un secreto: “Le voy a explicar cómo trabajamos. Nosotros damos una garantía de 6 meses, esto es para que ustedes prueben a la persona. Si por alguna circunstancia requiere cambiarla, a lo mejor no hubo química o no le pareció. Nosotros lo que hacemos con eso de la garantía es cambiarla”, explicó “A”, sobre el trabajo doméstico que publicita la agencia para la que trabaja. La dinámica es simple para quien busca en internet contratar este tipo de servicio en la Ciudad de México, durante el confinamiento por el virus Covid-19.

En este caso, la agencia no pide comprobar ingresos o el lugar de alojamiento —que debe ser libre de condiciones peligrosas o insalubres según la Ley Federal del Trabajo y la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas—. En el caso de que la trabajadora se aloje en el domicilio para hacer un servicio de planta, lo único que debe especificar el cliente es el perfil de la trabajadora que necesita.

La agencia ofrece emitir facturas por conceptos de “selección de personal” o “captación de personal” por un pago único de 4,000 pesos (si el servicio es semanal con un día de descanso), o de 2,500 pesos (por dos o tres días con una jornada de 8 horas al día). La agencia cobra una investigación pero sólo hacia la trabajadora. “Le damos todos los datos de la persona, investigación de dónde vive, y si surge un inconveniente, que quiere que la cambiemos, ya lo incluye en la garantía de los seis meses”, explicó “A“ tras detallar que los cambios pueden ser ilimitados durante ese plazo.

Ese pago será la única relación del empleador con la agencia, ya que tampoco se hacen responsables de dar de alta en el Seguro Social a las trabajadoras domésticas que colocan, como sugiere la última reforma a la Ley Federal del Trabajo y de la Ley del Seguro Social efectuada en septiembre del 2019. Desde la agencia se justifican diciendo que las trabajadoras no son empleadas suyas. “Lo único que hacemos es selección de personal”, afirman. Tampoco definen o hacen un contrato por el plazo que durará la relación laboral con el empleador ni se aseguran de que el pago se efectúe a la trabajadora, el cual ronda los 350 pesos por día.

“Nos ven como negocio”

“Todas las agencias, hasta donde nosotras sabemos, cobran por colocar a las compañeras”, dice Norma Palacios, quien desempeña desde hace 26 años el trabajo doméstico y que en el camino encontró el sustento para su familia, pero también abusos psicológicos en su trabajo, que la motivaron a tomar una postura ante las injusticias que padeció.

“Ellas (las agencias) nos ven como un negocio, ellas necesitan tener a trabajadoras para que puedan cobrar esa cuota a los empleadores y también no se hacen responsables de a dónde las mandan o cuáles van a ser las condiciones de ese lugar a donde van a llegar. Hay una consecuencia porque se deslinda la agencia de la obligación con las compañeras, pero también se deslinda el empleador, porque dicen ‘yo no te contraté a ti, te mandó la agencia’, y la agencia dice lo mismo ‘yo te mandé con el empleador y arréglate con él’, ambas partes se deslindan”, advirtió.

Algunas de las malas condiciones laborales comunes, que Norma señala en su experiencia y en la de sus colegas, como la violencia física, verbal o psicológica, retención del sueldo, despido injustificado, o encierro, se han intensificado debido a la pandemia por Covid-19, con alto grado de contagio en el mercado informal en el que se sitúa el trabajo doméstico.

De acuerdo con la Encuesta Nacional sobre Discriminación realizada por el Inegi, apenas una de cada diez personas trabajadoras del hogar, 12% declaró contar con alguna prestación laboral (aguinaldo, vacaciones o seguro médico) y sólo 2% con un contrato escrito que definiera sus actividades.

“Son muchas violaciones a los derechos humanos laborales que siguen sufriendo la gran mayoría de las compañeras por este desconocimiento, por esa falta de responsabilidad de los empleadores que se deslindan todavía de esa relación laboral. Situaciones que condicionan mucho a las compañeras y que se han visto más fuerte en esta crisis sanitaria, porque las compañeras que son de entrada por salida las mandaron a sus casas, porque les han dicho que pueden contagiar“, señaló Norma Palacios.

“No ha habido ese diálogo de que la compañera pueda tomar la decisión de qué es lo que ella quisiera hacer y le dicen ‘ya no vengas nos vemos cuando esto pase’ y eso es todo, no hay una apertura también a decirles ‘no vengas porque te pones en riesgo tú y también nosotros estamos en riesgo, sin embargo asumo mi responsabilidad y te cubro tu salario’, en esos casos se deslindan.

“Hay otras compañeras que no tuvieron la oportunidad de quedarse en casa como fue el llamado del gobierno, las compañeras no lo pueden hacer porque necesitan ese ingreso, viven al día y quedarse en casa implica no tener un ingreso. Ellas están más expuestas a que se puedan contagiar en los traslados, y que no cuenten con la seguridad social las pone en más riesgo porque si ellas llegan a enfermar pues no pueden acceder a los servicios y a la protección que deberían de tener como trabajadoras”, comentó.

Inspecciones laborales, sólo en teoría

A pesar de que en México existe un Protocolo para el uso de procedimientos en caso de trata, elaborado por la Comisión Intersecretarial, además de un Protocolo de Inspecciones aprobado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), cuyo personal debe atender posibles casos y canalizarlos a instancias correspondientes de impartición de justicia a nivel local y federal, la inspección contra la trata laboral o trata con fines de explotación todavía representa un reto para autoridades. Las trabajadoras domésticas señalan que ellas son quienes quedan expuestas ante sus empleadores si una inspección llegara a concretarse.

“Si una compañera pide una inspección a un domicilio en específico y la compañera está ahí, es ponerla de cierta manera en riesgo porque el empleador sabría que si llegó una inspección es porque ella denunció ese tipo de situaciones. Aquí la inspección es un tema importante y que también las autoridades laborales tendrán que hacer lo pertinente para que estas inspecciones sean de una manera más de seguimiento, en este momento (pandemia por Covid-19) y después, y que no tengamos que llegar a este tipo de situaciones (violaciones a derechos laborales) para que las inspecciones se hagan, tiene que ser algo que esté ahí y que en donde haya una trabajadora del hogar se tiene que hacer esa inspección para saber cuáles son sus condiciones de trabajo. La inspección es una tarea pendiente en toda esta situación que nosotras vivimos”, destacó Norma Palacios, también secretaría general colegiada del Sindicato Nacional de Trabajadores y Trabajadoras del Hogar en México.

“El sindicato acaba de cumplir 4 años, somos un sindicato joven. Nosotras brindamos asesoría jurídica a las compañeras por la manera en que los empleadores terminan sus relaciones de trabajo con ellas, por la falta de reconocimiento después de muchos años de trabajo de las compañeras y las diversas situaciones que pudieran ser falta de pago o temas de violencia, o que ellas no encuentran la manera de cómo pedir, o les falta conocimiento de sus derechos que tenemos ahora en México”, detalla Norma sobre su labor como representante.

No hay inspecciones sin inspectores

Manuel Fuentes, especialista en derecho laboral, autor de estudios en materia de justicia y derechos humanos y profesor de derecho en la Universidad Autónoma Metropolitana Azcapotzalco, mencionó que la inspección representa un nivel de eficiencia importante para detectar casos de trata con fines de explotación laboral, aunque opinó que “el problema es que este tipo de instituciones no cuenta con los inspectores suficientes para llevar a cabo o atender las inspecciones que se requieren en todo el país”.

Debido a que más del 50% de la fuerza de trabajo en México se desempeña en el sector informal, según información del Inegi, la trata laboral puede incluso ser normalizada por los propios trabajadores. En el caso de las empleadas domésticas ellas esperan ser colocadas por agencias para tener un ingreso, sin embargo las condiciones de precariedad que pueden encontrar en el trabajo no son observadas, ni registradas para ser atendidas, ya que en el servicio doméstico algunas de las condiciones más recurrentes a las que se enfrentan son el encierro o la retención de pago.

“En la trata laboral hay una renuncia absoluta de libertad de la persona que se está convirtiendo en propiedad u objeto. Los escenarios se dan porque muchos lugares están alejados de cualquier inspección de trabajo o cualquier cercanía de grupos que pudieran tener conocimiento de quienes están aislados”, comentó el abogado.

En México son 11 los estados de origen de posibles víctimas de trata con fines laborales (Chiapas, Chihuahua, Puebla, Oaxaca, Estado de México, San Luis Potosí, Guerrero, Tamaulipas, Nuevo León, Hidalgo y Veracruz). La mayoría de las trabajadoras terminan en la Ciudad de México como lugar destino para ser explotadas, según el Diagnóstico de la trata laboral en México elaborado por Polaris en 2018, en donde también se indica que los traslados se presentan con mayor frecuencia en los sectores de agricultura y el servicio doméstico con 24%, seguido de la construcción y la venta y transporte de drogas, con un 17%, y la pesca y la mendicidad como un 7 por ciento.

La cifra oscura de la explotación laboral

Según los datos que proporciona el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, de los reportes de incidencia delictiva del año 2015 al mes de mayo del 2020, existen 3,956 averiguaciones previas y/o carpetas de investigación que solamente se registran bajo el concepto de “Trata de personas” dejando en la opacidad las distintas modalidades de la trata con fines de explotación contempladas en la legislación (esclavitud, condición de siervo, prostitución ajena y otras formas de explotación sexual, explotación laboral, trabajo o servicios forzados y mendicidad forzosa).

Mónica Salazar, directora de la asociación Dignificando el Trabajo (Ditrac), comentó que hay todavía confusiones en la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, además de que los esfuerzos para combatirla se centran en los fines sexuales, dejando un terreno amplio de impunidad para el tema laboral.

“Eso hace más invisible la trata de personas, principalmente enfocado a lo laboral, porque son prácticas que están muy naturalizadas, mucho más cercanas de lo que creemos. Se ha dado todo un empuje a la trata sexual, que nos lastima y nos lacera que las mujeres y niñas estén forzadas, pero cuando te pones a pensar cuántas personas están forzadas en este país haciendo un trabajo que no quieren, siendo amenazadas para que lo realicen, siendo privadas de la libertad, entonces te empieza a escandalizar esa cifra oscura que ha sido bien difícil de poder establecer. Va a ser bien complicado si no logramos esclarecer que la explotación y la trata son cosas distintas”, destacó Salazar.

El 82% de los delitos en materia de trata de personas que dio origen a investigaciones en el ámbito local entre el 2012 y el 31 de julio de 2017, analizadas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos a partir de los datos presentados por las procuradurías y fiscalías estatales, fue en términos del artículo 10 de la ley que se refiere a captar, enganchar, transportar, transferir, retener, entregar o recibir con fines de prostitución ajena, u otras formas de explotación sexual como pornografía, exhibiciones públicas o privadas de orden sexual y el turismo sexual mediante la coerción.

En contraste, sólo 6% corresponde a delitos que establece el artículo 21 de la ley, que sanciona con 3 a 10 años de prisión, y de 5,000 a 50,000 días de multa, cuando una persona obtiene, directa o indirectamente beneficio económico mediante el trabajo ajeno, sometiendo a prácticas que atenten contra la dignidad, tales como condiciones peligrosas o insalubres. Los sectores con mayor incidencia en estas prácticas son el trabajo doméstico, para las mujeres, y las industrias de la construcción, minería y pesca, para los hombres, según la directora de Ditrac.

“Dentro de lo laboral ha sido realmente difícil poder establecer quién es víctima en este país, porque hay una confusión muy grande también entre las personas que por condiciones precarias tienen que trabajar en ciertas condiciones y el abuso de estos empleadores para obligar y someter a estas personas a permanecer en estos espacios, entonces las personas que se han identificado (como víctimas) son adolescentes, adultos y adultas jóvenes. Desde Ditrac creemos que va a haber un gran número de varones en situación de trabajo forzoso en México en ciertos sectores como minería, pesca, construcción que son los más invisibilizados”.

Las ganancias por estas prácticas de trata y de trabajo forzoso son millonarias según la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, la cual ha establecido cifras que van desde 150,000 hasta los 170,000 millones de dólares.

“Si ustedes ven las estadísticas, el 98% son casos vinculados a lo sexual, pero cuando ves toda la fuerza laboral que hay en México te brinca: ¿Es en serio, sólo el 2%? Entonces hay una permisividad hasta cierto punto social, ya que no logramos identificar situaciones de trata cuando la gravedad es completamente fuera de proporción”, inquirió Salazar.

“La Ley Federal del Trabajo actualmente está mucho más vinculada a terminar con el trabajo infantil que a establecer políticas y posturas en contra de la trata con fines laborales, a partir de ahí yo creo que podemos hacer algunas cosas que pueden impactar, pero todavía en el tema de trata con fines laborales creo que estamos en pañales”, finalizó.

*Este trabajo se realizó bajo la mentoría periodística de la Fundación Thomson Reuters.///Factor Capital Humano

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