El Pulso Laboral

Lunes 25 mayo 2015

02:30 pm

Mundo Laboral y RR.HH.

No basta prueba testimonial para defenderse de un despido injustificado

Por: Arturo Rivero

Si un patrón quiere hacerle frente a una demanda por despido injustificado negando la existencia de esa separación ofreciendo prueba testimonial de que la persona que supuestamente lo despidió no se encontraba en la empresa el día en que el trabajador dijo que lo hizo, es insuficiente para acreditar su defensa.

El Tribunal Colegiado de Circuito determina que cuando se trate de probar que la persona a quien se le atribuye el despido injustificado de un trabajador se encontraba en un lugar distinto al indicado por éste, la prueba testimonial, sobre todo si se desahoga por personas vinculadas laboralmente con el oferente, es insuficiente, por sí sola, para acreditar el hecho en que se funda el patrón para desvirtuar la afirmación del trabajador.

Agrega que lo anterior es así, pues en ejercicio de la facultad prevista en el artículo 841 de la Ley Federal del Trabajo, de dictar los laudos a verdad sabida y buena fe guardada, apreciando los hechos en conciencia, sin necesidad de sujetarse a reglas o formulismos sobre estimación de las pruebas.

“Pero con la obligación de estudiar pormenorizadamente los elementos aportados para su valoración, el citado medio de convicción encuentra de antemano una necesidad de justipreciar su valor probatorio, resultando que no alcanza valor pleno”, destaca la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

¿Por qué?, porque es de fácil preparación, ante la posibilidad de que personas conocidas del oferente acepten acudir a declarar sobre hechos controvertidos en un juicio, sin que realmente les consten, y por otro lado, la relación de subordinación de los trabajadores para con sus patrones facilita la posible manipulación de los primeros, lo cual genera indicios contra la veracidad de lo declarado.

Además, dice el máximo tribunal, se limita la posibilidad al trabajador de allegarse de elementos para desvirtuar las afirmaciones de los testigos, al referirse éstas a sucesos ocurridos en un lugar distinto de donde desempeña sus labores, por lo cual debe reforzarse con otras pruebas que, en conjunto, puedan acreditar que la persona física a la que se le atribuye el despido, efectivamente se encontraba en un diverso lugar a la hora y día en que se ubica la separación injustificada.

 

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