El Pulso Laboral

Lunes 25 mayo 2015

02:30 pm

Mundo Laboral y RR.HH.

Buscan obligatoriedad en expedición de constancia tras capacitación de trabajador

Por: Arturo Rivero

Las instancias instructoras que capacitan a los trabajadores hasta ahora no tienen la obligación de expedir constancias a estos tras haber sido entrenados, lo que deja en estado de indefensión a los empleados que no pueden demostrar una mayor calificación de habilidades y conocimientos, pero eso, podría llegar a su fin al hacer dicha expedición obligatoria. 

La Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados se analiza agregar al artículo 153-T que "la entidad instructora tendrá la obligación de expedir las constancias respectivas..."

Hasta hoy, en dicho artículo se señala que los trabajadores tendrán derecho a que la entidad instructora les expida las constancias respectivas. 

En la reforma a la Ley Federal del Trabajo publicada el 30 de noviembre de 2012, en el Diario Oficial de la Federación, se anexó un Capítulo III Bis que habla de la productividad, formación y capacitación de los trabajadores, en donde se hace mención de la obligación de los patrones a proporcionar capacitación a sus trabajadores, ya sea fuera o dentro del centro del trabajo por medio de instituciones, escuelas, organismos o adhesión a sistemas. 

Sin embargo, hasta hoy el trabajador no tiene la garantía de demostrar que tras una capacitación recibida tiene mejores habilidades, situación que juega en su contra al buscar un progreso laboral. 

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