El Pulso Laboral

Lunes 25 mayo 2015

02:30 pm

Seguridad Social

El tope máximo de la pensión jubilatoria de trabajadores del Estado en UMAS: SCJN

Por: Arturo Rivero

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó, en sesión remota, que el tope máximo de la pensión jubilatoria otorgada por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) debe cuantificarse con base en la Unidad de Medida y Actualización (UMA), derivada de la reforma constitucional en materia de desindexación del salario. 

Conforme a la reforma, se eliminó el salario mínimo como parámetro para calcular el monto en el pago de diversas obligaciones en materia de impuestos, multas y actividades económicas. 

La finalidad de esta modificación fue aumentar los ingresos de los trabajadores con menores remuneraciones, así como las cuotas y aportaciones de seguridad social. 

Así, al ser la pensión una obligación del Estado, le resulta aplicable la Unidad de Medida y Actualización. 

Por lo cual, la Sala concluyó que, conforme a la Ley del ISSSTE, abrogada, y al artículo Décimo transitorio de la Ley del ISSSTE vigente, el tope máximo de la pensión jubilatoria debe calcularse con la base en la UMA. 

 

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