El Pulso Laboral

Lunes 25 mayo 2015

02:30 pm

Seguridad Social

Piden no dejarse amedrentar por el ISSSTE al reclamar pensión por viudez

Por: Arturo Rivero

Si a usted el ISSSTE le negó una pensión por viudez y promovió un amparo indirecto y le fue desechado bajo el argumento de que su presentación fue extemporánea, no se deje, los recursos legales están de su lado ya que el otgorgamiento de dicha pensión es imprescriptible.

El Tribunal Colegiado de Circuito de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determina que contra la resoluciópn del ISSSTE de negar una pensión por viudez no se actualiza la causal de improcedencia.

“El derecho a obtenerla (pensión por viudez) es imprescriptible y, en consecuencia, el juicio de amparo indirecto puede promoverse en cualquier tiempo”, destaca.

Recuerda que la Segunda Sala de la SCJN, al resolver la contradicción de tesis 48/2007-SS, determinó que la acción para reclamar el derecho al otorgamiento inicial de unba pensión es imprescriptible, en atención al principio elemental de la ciencia jurídica, consistente en que las acciones duran al mismo tiempo que los derechos de donde dimanan.

Por otra parte, dice, en la tesis de jurisprudencia 1ª./J.66/2009, la Primera Sala de Alto Tribunal declaró que el artículo 51 fracción II, inciso c), de la Ley del ISSSTE abrogada, al restringir el derecho de recibir la pensión por viudez derivada de la muerte del trabajador, viola la garantia de seguridad social.

“Los efectos e la negativa a otorgar una pensión a quien tiene ese derecho se reiteran en el tiempo, porque día a día, se priva de ese beneficio que es  imprescriptible; dicho acto se traduce en una pena trascendental y grave, al privársele de su medio principal de subsitencia, pobiendo en riesgo no sólo su salud, sino también su vida”, concluye.

 

 

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