El Pulso Laboral

Lunes 25 mayo 2015

02:30 pm

Seguridad Social

CURP documento legal para probar edad en trámite de pensión: SCJN

Por: Arturo Rivero

No se deje. En un juicio laboral se demandó el otorgamiento de una pensión por cesantía en edad avanzada ofreciendo como prueba de dicho derecho una copia certificada de su acta de matrimonio, en la cual se encuentra incorporada la Clave Única de Registro de Población (CURP), pero se la negaron por no probar la edad legalmente requerida, absolviendo a la demandada, aunque dicha postura es equivocada.

El Tribunal Colegiado de Circuito determinó que la Clave Única de Registro de Población, incorporada en un documento público, como lo es la copia certificada del acta de matrimonio, es idónea para acreditar la edad requerida para el otorgamiento de la pensión por cesantía en edad avanzada.

Lo anterior es así, porque en términos de los artículos 86 y 91 de la Ley General de Población, 1o. a 6o. del Acuerdo para la adopción y uso por la administración pública federal de la Clave Única de Registro de Población, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de octubre de 1996, y tercero del Instructivo normativo para la asignación de la Clave Única de Registro de Población, publicado en el mismo medio de difusión el 18 de junio de 2018, la CURP es la clave que se asigna a todas las personas físicas domiciliadas en el territorio nacional, así como a los nacionales domiciliados en el extranjero y sirve para identificarlos individualmente.

“Se construye de 18 posiciones alfanuméricas, las cuales se derivan de los datos básicos de la persona (nombre, apellidos, sexo, fecha y lugar de nacimiento), los primeros cuatro son alfabéticos y se obtienen del nombre y apellidos de la persona.

“Y las siguientes seis posiciones son numéricas e indican la fecha de nacimiento en el orden de año, mes y día (2 últimos dígitos del año, 2 del mes y 2 del día de nacimiento); información que puede ser corroborada mediante la consulta efectuada a la página oficial del Gobierno de México, la cual constituye un hecho notorio”, explica.

Por tanto, dice el Tribunal, si dicha clave figura en el acta de matrimonio ofrecida por el actor en el juicio laboral, es idónea para demostrar su edad, al contener datos que la identifican individualmente, entre ellos, los relativos a la fecha de su nacimiento y, con ello, acreditar el requisito para el otorgamiento de una pensión por cesantía en edad avanzada.

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